La Agencia de Protección de Datos multa a la SGAE

5 de diciembre, 2008

Nuevo varapalo a la SGAE. La Agencia de Protección de Datos ha sancionado a Portal Latino, una web creada por la entidad que gestiona los derechos de los autores por una “infracción grave”. Varios socios de la organización denunciaron a la web después de que sus datos aparecieran volcados sin su consentimiento en la plataforma de intercambio de archivos eMule.

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Albergar comentarios de otros en la web no es “delito”

2 de diciembre, 2008

8-11-2008 por: Miguel Angel Criado – Público

Ha sido una buena semana para la libertad de expresión en Internet. A los varios casos judiciales resueltos a favor de páginas web de intercambio de archivos, se unió ayer una de las primeras sentencias sobre la responsabilidad de los dueños de un sitio web. Un juez ha dictado que no son responsables de los comentarios que dejen sus usuarios en sus foros o noticias.
Una usuaria dejó un mensaje muy crítico con el alcalde

A principios de 2007, los dueños del sitio Mindoniense , Jesús Amieiro y Pablo C., crearon un foro en la página. Se acercaban las elecciones municipales y querían animar al debate entre los habitantes de Mondoñedo (Lugo). El 27 de febrero, una usuaria identificada como Ana dejó un mensaje muy crítico con el entonces alcalde de la localidad, Luis Rego, del PP. Al día siguiente, otro usuario dejó otro post aún mas ofensivo.

El edil decidió entonces interponer una demanda en defensa de su honor. Como quiera que los autores de los comentarios no pudieron ser identificados, exigió la responsabilidad civil para los dueños de la página por un atentado contra su honor.
Mindoniense no es responsable de la información generada por los usuarios

El juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Mondoñedo ha desestimado la petición por considerar que, al amparo de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), los administradores de Mindoniense no son responsables de la información generada por los usuarios de la página. El artículo 16 de la LSSI condiciona esta irresponsabilidad a que no se tenga conocimiento efectivo de que la información es ilícita o que, de tenerlo, no actúe con diligencia para retirarla.

Para el abogado Carlos Sánchez Almeida, cuyo bufete se encargó del caso, esta es una de las claves de la sentencia. “No vale con que los responsables de la web crean que los comentarios son ilícitos, eso tiene que decidirlo la autoridad judicial”. De hecho, los demandados reconocieron el carácter difamatorio de los mensajes, pero, como dice la sentencia, “lo que no se puede entender probado es que los demandados tuvieran certeza efectiva, y no meras sospechas, de que los comentarios resultaban atentatorios contra el honor del demandante”.

Aún así, los dueños del sitio retiraron los mensajes en cuanto les llamó la policía. Lo explica uno de ellos, Jesús Amieiro: “Tenemos una política de comentarios y los de este tipo, de verlos, no los habríamos permitido. Pero se nos pasaron”. La página cuenta, además de la revisión manual, con un programa para detectar y bloquear palabras ofensivas. El juez recoge en la sentencia la buena fe de los administradores.
“El juez se ha apoyado en la LSSI y no en la Ley de Prensa”

Contento por el auto, Amieiro destaca el hecho de que “el juez se ha apoyado en la LSSI y no en la Ley de Prensa”. A pesar de todo, no piensan reabrir el foro que cerraron por prudencia. “Nosotros hemos ganado, pero ellos consiguieron lo que buscaban”, lamenta.

El procurador del alcalde, que se representaba a sí mismo, apoyaba la demanda en la Ley de Prensa. Según dice el auto, los demandantes defendían la inaplicabilidad de la LSSI porque los demandados no reunían la cualidad de “prestadores de servicios de la sociedad de la información” porque no recibían ingresos de la página ni cumplían las obligaciones que estipula esta norma.

Sin embargo, la sentencia rechaza el argumento de la parte acusadora. La página sí tenía ingresos por medio de anuncios que, por modestos que sean, la convierte en prestadora de un servicio, en concreto informar sobre la actualidad de Mondoñedo. El otro punto alegado, el incumplimiento de las obligaciones de la LSSI, queda, según el juez, fuera del caso ya que su vigilancia es potestad de la Administración no de la Justicia.

El abogado Almeida también destaca este punto de la sentencia. Frente a otros casos, como el blog Merodeando o el de Putasgae, en el que los jueces han aplicado una ley, la de prensa, que es de 1966, “este juez ha captado el espíritu de la LSSI. Es una barbaridad aplicar una ley de la dictadura en la era de Internet”.
“Lo que están buscando es acumular sentencias que responsabilicen a los dueños de las webs”

Almeida recuerda que en muchos de los juicios civiles iniciados por la SGAE, sobre todo los resueltos en juzgados de Madrid, se está aplicando la Ley Fraga por encima de la LSSI. “Lo que están buscando es acumular sentencias que responsabilicen a los dueños de las webs para ir creando una especie de jurisprudencia para, algún día, ir contra los que más les interesan, los grandes prestadores de servicio como los operadores”, dice el abogado.

Sin embargo sólo el Tribunal Supremo puede establecer esta jurisprudencia. Varios de los casos de sitios condenados por opiniones de terceros están recurridos en esta sede judicial.

Artículo original en Publico.es

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La SGAE contrata a detectives:”acudimos a los actos contra los autores para grabar a todos los que aparecen y después investigarles”

1 de diciembre, 2008

Navegando por la red nos econtramos esta nota, en un artículo más extenso sobre un detective contratado por la SGAE:

Los autores están utilizando a detectives para elaborar informes sobre organizaciones críticas y vigilando a algunos de sus integrantes. Es el caso, por ejemplo, de Alasbarricadas, una página web próxima al sindicato anarquista CNT, desde la que se organizan de forma continua manifestaciones y conciertos en toda España contra la SGAE.

Uno de los detectives contratados por la entidad, que prefiere mantener el anonimato, ha explicado a este periódico que “acudimos a los actos contra los autores para grabar a todos los que aparecen y después investigarles. No se trata de conocer su patrimonio, sino saber en que páginas webs entran, sus relaciones personales y capacidad de convocatoria”. Hasta ahora no ha habido ninguna denuncia en firme en los juzgados, pero las quejas son múltiples. El presidente de la Asociación de Internautas, Victor Domingo, una de las personas más críticas contra los representantes de los autores, asegura que “nos sentimos perseguidos y vigilados permanentemente”.

Parece que andan preocupados con es movimiento desde abajo, que va pasito a pasito visibilizando en la calle algo que cualquier internauta conoce.

Encontrado en: eleconomista.es

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La SGAE pierde el juicio contra la revista Quimera

12 de noviembre, 2008

En los dos únicos debates que he tenido con SGAE -y que han sido los únicos porque ella misma lo decidió así tras el segundo de ellos- una de las palabras que más me repitieron fue “descontextualizado”. “Lo que usted menciona está fuera de contexto”, me decían cuando yo les leía sus propias palabras que contradecían lo que habían afirmado tajantemente hacía sólo unos segundos. Quién me iba a decir a mi que, un tiempo después, perderían un juicio, precisamente, porque las palabras que ellos señalaban como injuriosas estaban descontextualizadas y que así se lo haría notar expresamente el juez en su sentencia.

Como muchos sabrán, en Septiembre de 2007, SGAE demandó a la revista Quimera porque en un artículo de opinión de la misma se les llamaba, entre otras, mafiosos, extorsionadores o piratas (calificativo este último que, al parecer, no es injurioso cuando sale por boca de esa entidad pero que se convierte en grave ofensa cuando le viene de vuelta). A la SGAE no le gustó el artículo y pidió 9.000 euros para limpiar su honor. El juzgado, sin embargo, absuelve a la demandada porque entiende que esos calificativos no han de analizarse de forma descontextualizada como los presenta la demandante sino dentro de un artículo más elaborado y que va más allá del mero insulto. De este modo, el Juzgado de Primera Instancia nº83 de Madrid manifiesta que:

“La lectura del artículo deja la impresión de una frontal oposición a la gestión que de los derechos de autor hace la actora y el pago por los consumidores de cantidades predeterminadas por ellos con independencia de su difusión, método de gestión que puede ser correcto o no, pero sujeto a crítica como cualquier otro agente que áun siendo de naturaleza privada intervenga en el tráfico jurídico que afecta a múltiples personas, como podrá ser criticada, una empresa de telefonía o un Banco por sus métodos de gestión, empleando para ello palabras que por si mismas pueden considerarse ofensivas, como piratas, mafiosos o extorsionadores, que aisladas tienen una carga insultante indudable pero no deben ser leídas de forma aislada por que no fueron publicadas de esa forma, sino dentro de un texto mucho más elaborado y dentro de él deben ser leídas, resultando evidente que cuando se emplean nadie de formación media podrá englobarlas dentro de tipos delictivos de piratería, ni de asociación constituída para delinquir ni tan siquiera de proxenetismo cuando califica a las conductas de la actora como de chulescas, sino que fácilmente se pueden relacionar con el problema de la gestión de derechos y pago de un canon y no con otras cosas, al menos si alguien lee el artículo en su integridad y no se limita a los destacados en negrita que figuran en la demanda, por lo que la demandante puede sentirse molesta y ofendida por que se critica sus formas de gestión pero no insultada ya que lo publicado no fueron simples insultos sino opiniones razonadas y elaboradas, con razón o sin ella”.

Como bien dice la sentencia, las palabras no significan lo mismo aisladas que dentro de un determinado contexto. Está claro que decir que los precios de las entradas de un determinado cine son una estafa no es equivalente a llamar a su dueño, lisa y llanamente, estafador. Es obvio, que lo que se le está llamando es carero. En definitiva, hay que hacer una lectura del texto en su conjunto y no, como pretendía SGAE, un análisis de palabras sueltas y su correspondencia con el diccionario ignorando lo que la rodea y que le puede hacer cambiar de sentido.

Esperemos que ésta sea la primera de una larga lista de sentencias favorables que hagan que esta entidad se lo piense dos veces antes de azuzar a sus abogados para que actúen contra cualquiera que ose llevarles la contraria.

El letrado que ha defendido el asunto, Javier de la Cueva, comenta la sentencia (que, por cierto, es susceptible de ser recurrida) en su web

P.D.: Vaya semanita que llevan, por cierto.

David Bravo Bueno

http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/008607.html

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[Vigo e Cangas] I Xornadas Anti-SGAE · Pola Cultura Libre

27 de octubre, 2008

Cartaz

Mais información: http://www.xogo-descuberto.blogspot.com

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[BCN] Manifestación y Concierto Anti-sgae

17 de octubre, 2008

Sábado 18 de OctubreSalimos a bailarles la calle
18:00 Plaza Urquinaona ( Urquinaona)

Concierto Sábado 18 de Octubre
La Verneda a las 22:00
Coordinadora Musical Guinardorecords

Via Trajana 17-19
: La Pau (L2, L4) BUS: 33,44,B21,B23,B24 i N8

  • The Capaces
  • Insershow
  • Atraco a Mano armada

5 euros para costes judiciales.

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[Logroño]Acción contra la SGAE en el concierto de Extremoduro

17 de octubre, 2008

El pasado 10 de octubre los compañeros del SOV Logroño realizamos un acto informativo a las puertas del Palacio de los Deportes de Logroño, donde se  celebró un concierto de Extremoduro, informando sobre el conflicto que CNT mantiene con la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) y denunciando las últimas declaraciones de Roberto Iniesta (vocalista de Extremoduro) que al parecer se ha convertido en un ferviente defensor de los derechos de autor y de la SGAE:

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¿Políticos vs. blogs?

7 de octubre, 2008

Fuente: microsiervos.com

El que el Parlamento Europeo haya rechazado la creación de un registro europeo de blogs no parece que haya sido suficiente como para que se deje de hablar del tema. como atestiguan un par de artículos aparecidos esta semana en el País y La Vanguardia, y seguro que hay alguno más:

El artículo de El País recoge de nuevo los puntos de vista de Marianne Mikko, que insiste en que

El hecho de que no se indique ni se dé a conocer el estatuto de los autores y editores de blogs causa inseguridad en lo relativo a la imparcialidad, la credibilidad, la protección de las fuentes, la posibilidad de aplicar códigos éticos y la responsabilidad jurídica (…)

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El perito de la SGAE se niega a responder en los tribunales por el canon

29 de septiembre, 2008
Javier Romera | http://ecodiario.eleconomista.es/

El profesor universitario Rafael Aracil, el perito que contrató la SGAE para elaborar un informe acerca de qué dispositivos electrónicos debían pagar el canon digital y que está imputado por un posible delito de “falsificación de documentos oficiales, usurpación de funciones públicas, tráfico de influencias y manipulación para alterar el precio de las cosas”, se ha negado a declarar en los tribunales.

Tal y como adelantó elEconomista el 23 de febrero, el juzgado de instrucción número 26 de Madrid ha admitido a trámite una querella presentada por Apemit, la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática) contra tres entidades que gestionan los derechos de autor -SGAE, AIE y Agedi- y el perito contratado por la primera de ellas para evaluar que productos era idóneos para gravar obras originales y, por lo tanto, pagar el canon digital hace cinco años, antes de que se hicieran los primeros listados.

Utilización fraudulenta del sello

Aunque Aracil sí contestó ante la juez la semana pasada que estaba informado de los hechos que se le imputan y de que otros profesores de la Universidad también intervinieron, se negó a contestar a ninguna de las preguntas del abogado de Apemit, Josep Jover, ratificándose en que es catedrático en ingeniería de sistemas y robótica.

La juez está investigando si Aracil ha utilizado de forma fraudulenta el sello y los papeles oficiales de la Universidad cuando estaba, en realidad, haciendo un trabajo privado para una entidad que, supuestamente, le habría pagado por ello, con lo que se cuestionaría su independencia.

La SGAE se ha basado en informes de este catedrático para defender sus posiciones ante los numerosos procesos legales empren- didos contra las tiendas de informática para exigir el pago del canon.

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La Justicia pone coto al deseo de recaudar de la Sociedad de Autores

4 de septiembre, 2008

Un Tribunal resuelve que no se puede presumir que un autobús vaya a emitir obras protegidas por los derechos de autor sólo porque tenga vídeo y radio.

Golpe judicial a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). La Justicia ha puesto cerco a la capacidad recaudadora de la sociedad que gestiona los derechos de autor de la mayor parte de los artistas españoles. La Audiencia de Pontevedra ha dictaminado que la SGAE no puede exigir a una compañía de transportes un pago por las obras artísticas emitidas en un autobús sin demostrar que verdaderamente se han exhibido. 

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