Avalancha de medidas antiobreras

Reforma de la constitución,moderacion salarial y real decreto para permitir eternizar contratos eventuales ,son el coctel que nos tienen preparado para este otoño. 

 

Reforma de la Constitución
de kaosenlared
 
El PSOE y el PP han cerrado esta madrugada el acuerdo para reformar la Constitución en un sentido neoliberal y establecer a través de ella una disciplina de equilibrio presupuestario de las administraciones públicas, principio básico de las doctrinas neoliberales, si bien es cierto que finalmente han optado por no incluir cifras para el techo de gasto en la Carta Magna, ante el rechazo que tal medida había generado incluso entre las propias filas del PSOE.
 
En compensación, al mismo tiempo han pactado un documento marco para una futura ley orgánica, que  fijará en un 0,4% el déficit estructural global máximo del conjunto de las administraciones a partir de 2020.
 
Con este consenso,  el techo de déficit y deuda se saca fuera de la reforma de la Carta Magna. Las concreciones se dejan para la ley orgánica que tendrá que ser aprobada antes del 30 de junio de 2012, quefijará en un 0,4% el déficit estructural global máximo  del conjunto de las administraciones públicas a partir de 2020.
 
En dicha ley se incluirá que el déficit estructural del  Estado no pueda superar el 0,26% del PIB nacional. En el caso de las Comunidades, el déficit no podrá ser mayor del 0,14% del PIB regional y en cuanto a las entidades locales, tendrán que presentar un equilibrio presupuestario.
 
Además, según el acuerdo alcanzado, la ley recogerá también los criterios para reducir progresivamente el nivel de deuda hasta alcanzar los objetivos concretados en el artículo 135.
 
Si bien la reforma es menos agresiva de lo que se había contemplado en un primer momento, sigue siendo una imposición constitucional de las doctrinas neoliberales, que se realizará además de manera repentina y sin debate público alguno, y, por supuesto, sin la celebración del referéndum popular reivindicado estos días por decenas de organizaciones políticas, sindicatos, organizaciones ciudadanas, y demás movimientos de la sociedad civil de todo el estado. 
Con la propuesta de reforma pactada por PSOE y PP, el artículo 135 quedaría así:
 
Artículo 135
 
1.  Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
 
2.  El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
 
3.  El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
 
4.  Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
 
5.  Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará: a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse. b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural. c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
 
6.  Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.
 
Disposición adicional única
 
1.  La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.
 
2.  Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.
 
3.  Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.
 
Disposición final única
 
La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España.
___________________________________________________
 
 
El consejo de ministros aprobara hoy un decretazo antiobrero
 
MADRID, 26 Ago. (EUROPA PRESS) -
 
    El Consejo de Ministros de hoy volverá a estar cargado de medidas económicas, esta vez relacionadas con el empleo. El Gobierno tiene previsto aprobar un Real Decreto-Ley que tiene como medidas 'estrella' la suspensión, durante dos años, del límite al encadenamiento de contratos temporales, la prórroga por seis meses de la ayuda de 400 euros para parados sin ingresos y la creación de un nuevo contrato de formación para jóvenes sin cualificación que permitirá combinar formación con un trabajo remunerado.
 
    La norma llega al Consejo de Ministros con el rechazo de sindicatos y empresarios. Los primeros están muy molestos por la decisión del Gobierno de suspender el tope actual al encadenamiento de contratos temporales y los segundos han criticado que se haya dejado fuera del decreto la reforma del contrato a tiempo parcial para dotarle de mayor flexibilidad.
 
    Además de las medidas antes mencionadas, la norma prorrogará hasta 2013 el pago por parte del Fogasa de parte de las indemnizaciones por despido, aunque sólo en los casos de despidos procedentes, al tiempo que retrasará al primer semestre de 2013 el desarrollo de un proceso negociador para implantar el fondo de capitalización acordado por Gobierno y agentes sociales.
 
    También establecerá que en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor habrán de tomarse las medidas necesarias para integrar el Servicio Público de Empleo Estatal y el Fogasa en un único organismo, y prorrogará un año más, hasta finales de 2013, las bonificaciones a la conversión de contratos temporales en fijos.
 
    Si no hay sorpresas de última hora, la norma dejará en suspenso durante dos años el artículo 15.5 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el que se establece que adquirirán la condición de fijos aquellos trabajadores que en un plazo de 30 meses hubieran estado contratados durante más de dos años, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas mediante dos o más contratos temporales.
 
    El Gobierno justifica esta medida en que el límite actual al encadenamiento, "lejos de fomentar la contratación indefinida", puede estar produciendo "efectos indeseados" de no renovación de contratos temporales.
 
NUEVO CONTRATO DE FORMACIÓN
 
    En cuanto al nuevo contrato de formación y aprendizaje, se podrá realizar con jóvenes de entre 16 y 25 años que carezcan de cualificación profesional alguna, si bien, de manera transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2013, esta modalidad contractual también podrá efectuarse con jóvenes de hasta 30 años sin cualificación profesional. En el caso de celebrarse con personas con discapacidad, no habrá límite máximo de edad.
 
    La duración del contrato será de dos años, aunque podrá prorrogarse otro año más en función de las necesidades formativas del trabajador o de las necesidades organizativas de las empresas. Una vez expirada la duración del contrato, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa. Estos contratos no podrán efectuarse cuando el puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a un año.
 
    Las empresas que, al finalizar su duración, transformen estos contratos en indefinidos podrán disfrutar de una reducción en la cuota empresarial de la Seguridad Social de 1.500 euros al año durante tres años. En el caso de las mujeres, la rebaja en la cotización será de 1.800 euros anuales. Para tener derecho a estas reducciones, la transformación deberá implicar un aumento en el nivel de empleo fijo de las empresas contratantes.
 
    El trabajador sujeto a este contrato deberá recibir la formación oportuna en un centro formativo reconocido por el sistema nacional de empleo y la actividad laboral que desempeñe en la empresa deberá estar relacionada con la formación que esté recibiendo. Ésta tendrá que comenzar como máximo en un plazo de cuatro meses a contar desde la fecha de la celebración del contrato.
 
EL SMI SERÁ LA REFERENCIA Y LA JORNADA NO PODRÁ SUPERAR EL 75%
 
    El trabajador podrá solicitar un certificado de profesionalidad en función de la cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato. El tiempo de trabajo efectivo que desempeñe el trabajador deberá ser compatible con el dedicado a las actividades formativas y no podrá superar el 75% de la jornada máxima prevista en convenio o, en su defecto, de la jornada máxima legal. Tampoco podrán realizarse horas extraordinarias ni trabajos nocturnos o a turnos.
 
    La retribución del trabajador contratado bajo esta modalidad se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo pero, en ningún caso, el salario percibido podrá ser inferior al SMI en proporción a las horas efectivas dedicadas. Además, el trabajador contratado bajo esta modalidad tendrá derecho a prestación por desempleo y estará protegido por todas las contingencias y prestaciones de la Seguridad Social.
 
    Las empresas que efectúen contratos de esta naturaleza desde la entrada en vigor de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2013 con trabajadores mayores de 20 años e inscritos en el paro con anterioridad al 16 de agosto de 2011 tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, a una reducción de las cotizaciones empresariales del 100% en el caso de que la empresa empleadora tenga una plantilla inferior a 250 personas o del 75% si igualan o superan esa cifra. Para tener derecho a estas bonificaciones, estos contratos deben traducirse en un aumento de personal en el seno de las empresas.
 
    Asimismo, los trabajadores contratados bajo esta modalidad estarán eximidos de pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato.
 
    La norma prorrogará además por otros seis meses, desde el 16 de agosto de 2011 al 15 de febrero de 2012, ambos incluidos, el llamado 'Plan Prepara', que combina formación y una ayuda de 400 euros mensuales para los parados que hayan agotado todas sus prestaciones. Para atender el pago de estas ayudas, el decreto contempla un suplemento de crédito al servicio público de empleo estatal, a financiar con deuda pública, por importe de 50 millones de euros.
 
    El Consejo de Ministros de hoy podría analizar también cambios fiscales para gravar más a las grandes fortunas a la luz de las insinuaciones que ha hecho en las últimas horas la vicepresidenta económica, Elena Salgado. La ministra ha dicho que no hay tiempo para crear un impuesto nuevo que grave a los más ricos por la proximidad del fin de la legislatura, pero ha dejado la puerta abierta a que se tome alguna medida en ese sentido.
 
_______________________________________________________
 
Sindicatos y patronal negocian alargar la moderación salarial
(diario Publico)
 
Queda apenas un mes para terminar la legislatura, pero la agenda de sindicatos y patronal sigue repleta. En esta ocasión, el centro de las miradas es la moderación salarial de la que tanto se ha hablado en los últimos meses. CCOO, UGT y la CEOE se han vuelto a sentar a la mesa de negociación para tratar de pactar una prolongación del acuerdo social que firmaron en 2010 y que termina el año que viene, y en el que se comprometieron a mantener la moderación salarial en los convenios durante este periodo.
 
El Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) fijaba unas subidas salariales de entre el 1% y el 2% para 2011 y de entre el 1,5% y el 2,5% para el año que viene. La intención es que este acuerdo se prorrogue durante 2013 y 2014. "Continuar con la moderación salarial significa mantener el poder adquisitivo de los trabajadores, no congelar salarios", matizaba ayer una fuente sindical cercana a la negociación.
 
__________________________________________________________
 
Dejamos aquí algunos enlaces a reacciones e iniciativas  contra lo que se nos viene encima 
 
 
 
 
Aviso Legal  |  Política de Privacidad  |  Contacto  |  Licencias de Programas  |  Ayuda  |  Soporte Económico  |  Nodo50.org