De infiernos y trabajos. Vuelta
Publicado: 30 Ago 2006, 05:33
Un mes después de salir a la prensa y a sabiendas de que la sentencia está basada en hechos que no son ciertos, como mi categoría profesional por ejemplo y que no estoy topeada en sueldos, vuelven a la carga:
Tras la realización de una evaluación de riesgos laborales, pedida trás cuatro años, ayer vuelta a la noria del acoso laboral. Ya habían salido a la prensa a finales de julio tras conocer la sentencia. Vuelta, dejaron el trabajo se fueron al Salón de Plenos y allí todos juntitos a tratar de despellejarme de nuevo.Pérez Vacas acusa al PP de alentar la denuncia por acoso laboral
El alcalde, el edil y los funcionarios exculpados se quejan del daño que han sufrido por el caso
La sentencia concluye que no se ha vulnerado ningún derecho de la demandante
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(Lugar: la voz | ribadeo)
?l alcalde de Ribadeo, Balbino Pérez Vacas, acusó ayer al Partido Popular local de estar detrás de la denuncia por acoso, vejación, discriminación y vulneración de derechos fundamentales presentada por una funcionaria (María Soledad Rodríguez) contra él, el concejal Ramón López y los funcionarios José Rodil y Fidel Maañón. Todos ellos, con sus abogados, comparecieron ayer en rueda de prensa para dar cuenta de la sentencia del Juzgado de lo Contenicoso Administrativo de Lugo que desestima la denuncia.
«La sentencia es muy rigurosa y da respuesta a todas y cada una de las acusaciones, ratificando que son infundadas. Ha quedado acreditado que esta funcionaria no es que tenga un trato desfavorable, sino al revés. En su grupo es la que, sin dedicación especial, más cobra del Ayuntamiento. ¿Cómo alguien puede decir que es acosado cuando la jueza reconoce y se demuestra que es todo lo contrario?», dijo Rafael Rossi, abogado del Concello.
Por su parte, Pérez Vacas manifestó: «¿Quén nos vai resarcir do dano ocasionado. Nós, igual que os demáis, temos familia e amigos, e durante meses estivemos en primeira liña, nos medios de comunicación, acusados de violar dereitos fundamentais. Quen non tivese toda a información, ¿que pensaría de nós? Creemos que foi unha actuación dirixida e manipulada polo PP, usando a unha funcionaria para deteriorar a miña imaxe, a de Ramón e a de dous funcionarios».
José Rodil y Fidel Maañón fueron defendidos por el abogado del CSIF Jesús Fouz, cuyo trabajo destacaron. Ambos se mostraron satisfechos de la sentencia, «despois de dous anos de soportar a presión a que esta funcionaria nos intentou someter con esta denuncia e con todos os escritos que dirixiu á alcaldía sobre nós, faltando á verdade, e hostigándonos de xeito continuo».
Además de calificar la sentencia de contundente, en la que se rechazan en su totalidad once de doce supuestos planteados al no lograrse probar ninguno de ellos, añaden: «É significativo que se di que naide foi testigo de acoso algún, non se aporta proba algunha que soporte as peticións que se facían nin se sostén ningunha das presuntas vulneracións». Rodil en particular apuntó que en la sentencia la jueza dice que no se acredita que se entrometiese ni desprestigiase el trabajo de Soledad Rodriguez.
A esto último deciros que el que eso declara, declaró ante el tribunal que "se trabajaba según criterio", no según el procedimiento administrativo a aplicar en cada caso, no aplicando las Ordenanzas.. según criterio.juez dice que no hubo un trato injustificado ni fuera de los límites legales
En la sentencia la jueza no aprecia que en ningún momento hubiese un plan preconcebido para aniquilar profesionalmente a Soledad Rodríguez, dándole un trato injustificado y que pueda considerarse fuera de los límites legales. Tampoco se aprecia afectada su dignidad.
Como conclusión, José Rodil señaló: «Só me cabe a interpretación, sendo ben pensados, de que estamos ante as elucubracións dunha funcionaria que entende dun xeito completamente distinto ao dos demáis o que é unha Administración, que descoñece os principios xerais da principal Lei que debe informar da Administración Pública, que se cre dona do seu posto de traballo en exclusiva e que é incapaz de compartir as tarefas dun traballo en equipo baixo os criterios de eficiencia e servicio aos cidadáns».
La sentencia puede ser recurrida en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.