despido objetivo por causas economicas

Preguntas (y respuestas) sobre legislación represiva, ya sea penal o civil. Además, consejos y dudas sobre situaciones laborales, conflictos individuales y colectivos, cuestiones profesionales, antirrepresión, etc. Ayudémonos entre compañeros y compañeras.
anenecuilco
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Re: despido objetivo por causas economicas

Mensaje por anenecuilco » 13 Sep 2009, 12:23

Hola Anabel, pues ahora me haces dudar... Pero vamos en teoría no es así. Vamos a ver, tu jefe te echa a la calle. Suponiendo que lo aceptes tal cual, lo que sería un error, te tiene que pagar ese dinero íntegramente. Ni fogasa ni nada. Ahora bien, si no te lo paga tienes que reclamar judicialmente (tienes un año para hacerlo). Si ganas y queda constatado que la empresa no tiene dinero para pagarte, entonces reclamas al fogasa y éste te paga una parte (el 40% que dices o lo que sea).

Esto es lo que yo conozco, al menos.
When the Union's inspiration through the workers' blood shall run,
There can be no power greater anywhere beneath the sun

anabel33
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Re: despido objetivo por causas economicas

Mensaje por anabel33 » 15 Sep 2009, 21:14

mira esto, es la web del fogasa:

NORMATIVA > PRESTACIONES. INDEMNIZACIONES DE PAGO DIRECTO
Indemnizaciones de pago directo. Requisitos y límites
El Fondo de Garantía Salarial abonará directamente, sin necesidad de declaración de insolvencia o concurso de la empresa, las siguientes indemnizaciones:
1.- En las empresas de menos de veinticinco trabajadores, el Fondo de Garantía Salarial hace efectivo el 40 por 100 de la indemnización legal que corresponda a cada trabajador, cuando se extinga la relación laboral en virtud de despido colectivo o cuando exista la necesidad objetivamente acreditada de amortizar puestos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción –despidos objetivos- (supuestos de los artículo 51y

52 del Estatuto de los Trabajadores, así como 64 de la Ley concursal)
En estos supuesto se abonará directamente la indemnización a la empresa si acredita el previo pago del 100 por cien de la indemnización legal al trabajador, de lo contrario, el titular del derecho será el trabajador.

Ayyyyyyy! Que lioooooooooooooo!

anenecuilco
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Re: despido objetivo por causas economicas

Mensaje por anenecuilco » 15 Sep 2009, 22:22

Jeje sí que es un lío sí. Esto entiendo que se refiere al 40% de la indemnización por despido (los 20 días por año), no a las otras cantidades que te deben. Y aun si no te pagaran los 20 días por año entiendo que seguirías teniendo que reclamar a la empresa primero. De todas formas infórmate mejor en el sindicato y el abogad@.

Yo que tú ponía las dos demandas ya, porque estas cosas tardan: por despido y por cantidades.
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anabel33
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Re: despido objetivo por causas economicas

Mensaje por anabel33 » 24 Sep 2009, 09:43

Bueno, ya esta claro! El 40% se reclama al FOGASA, estuve el lunes y alli mismo me dijeron que si, que se tramitaba directamente el 40% por ser una empresa de menos de 25 trabajadores y ser un despido objetivo por causas economicas, no es necesario que la empresa se declare insolvente, solo me pidieron la carta del despido alegando las causas, las 3 ultimas nominas, cuenta corriente, dni, una solicitud que rellenas alli y un par de escritos, uno como que no reclamado por despido improcedente y otro como que la empresa no me ha pagado el otro 60% (esto me dijo que tenia que poner una reclamacion de cantidad y que tenia un año para hacerlo.
Solucionadas todas las dudas!
Gracias por todo!

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